La Secretaría de Educación Pública elimina el requisito de Apostilla

Niños y jóvenes migrantes mexicanos podrán acceder al nivel educativo básico y medio superior prescindiendo del requisito de revalidación de estudios

En un esfuerzo por solucionar el problema que enfrentan los niños y jóvenes migrantes al intentar acceder al Sistema Educativo Nacional, la Secretaría de Educación Pública (SEP) ha puesto en marcha la modificación del Acuerdo número 286 para garantizar su acceso y permanencia en él.  La publicación del Acuerdo número 07/06/15 el pasado 16 de junio, en el Diario Oficial de la Federación, rectifica los Lineamientos que determinan las normas y criterios generales a los que se ajustan la revalidación de estudios realizados en el extranjero y la equivalencia de estudios, así como los procedimientos por medio de los cuales se acreditarán conocimientos correspondientes a niveles educativos o grados escolares adquiridos en forma autodidacta, a través de la experiencia laboral o con base en el régimen de certificación referido a la formación para el trabajo.

El alcance de dicha medida implica que los documentos de identidad y académicos de niños y jóvenes no requieren del sello de la Apostilla de la Haya ni de traducción por perito. Ambos puntos facilitan en gran medida su acceso al sistema educativo y tienen un impacto especial sobre los migrantes expatriados que regresan sin documentos al país, contando con el diseño de nuevos mecanismos considerados en las Normas de Control Escolar para el ciclo 2015-2016 que les permiten continuar sus estudios sin las llamadas “trabas burocráticas”. Para dar a conocer estas normas, la SEP ha comenzado la “Campaña de Ingreso de Alumnos Migrantes” (para más información, ingresar en http://www.sep.gob.mx/es/sep1/migrantes#.VZJqphv5fs0).

El objetivo de esta importante iniciativa es que el acceso, tránsito y permanencia en el Sistema Educativo Nacional no esté condicionado a ningún otro factor más que al desempeño académico de los menores. Se trata de una propuesta en conformidad con las metas del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, basada en las consideraciones de que todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema y en la posibilidad de acceso a los servicios educativos por parte de los migrantes (referida en el art. 8 de la Ley de Migración), independientemente de su situación migratoria.